La obligación de notificar en 24 horas del CRA se aplica desde el 11 de septiembre de 2026. Compruebe si le afecta

Directive (EU) 2023/970

Transparencia retributiva: qué exige su propio país

A quién se aplica
Todo empleador de la Unión, público o privado. La obligación de informar empieza en 100 personas, la estructura retributiva en una.
Las fechas
La fecha de la Directiva para los Estados miembros fue el 7 de junio de 2026. 4 de 27 han transpuesto, y en el resto no ha llegado ninguna obligación.
Lo único que hay que hacer
Construyan una estructura retributiva con criterios neutros, digan la banda a los candidatos, respondan en dos meses e informen cuando lo exija su propia ley.

La determinación en su propia página(en inglés)

Qué exigen realmente los cuatro Estados que han transpuesto

4 de 27 Estados miembros han notificado un acto que transpone la Directiva, 12 han notificado otras medidas y 11 no han notificado nada. Tres de los cuatro exigen más que la Directiva.

Los Estados miembros que han transpuesto la Directiva (UE) 2023/970 y lo que añade cada uno
EslovaquiaZákon č. 76/2026 Z. z.7 de junio de 2027
  • Slovakia merges the Directive's two middle bands: one three-yearly duty for 100 to 249 employees, and an annual one at 250 and above (Section 14(2) and (3)).
  • The annual deadline is 15 April of the following calendar year, a month the Directive does not mention (Section 14(2)).
  • An employer with at least 150 employees reports first by 7 June 2027, for 1 August to 31 December 2026 only (Section 18(3)). One with 100 to 149 reports first by 7 June 2031, for 2030 (Section 18(4)).
  • An employer established before 7 June 2026 had to have its pay structure in place by 31 July 2026 (Section 18(1)). That date has passed, and no date in the Directive says so.
  • Below 100 employees a report may be provided and is not required (Section 14(4)).
GreciaΝόμος 5316/2026, ΦΕΚ Α' 105 of 6 July 2026No leído

The law and its gazette reference are certain; its text is not. Three official routes refuse an automated client, and the only reachable copy is a subscription publisher. A deadline nobody can open is worse than no deadline.

ItaliaDecreto legislativo 7 maggio 2026, n. 967 de junio de 2027
  • The reporting article applies only to employers with at least 100 employees (Article 9(8)), so below that there is no Italian reporting duty at all rather than a voluntary one.
  • An employer with a single group pay policy may report aggregated at national level where that represents the data more reliably (Article 9(3)).
  • The Ministry of Labour collects the data; the employer does not publish it. Article 9(4) leaves the mechanism to ministerial decrees, due within ninety days of 7 June 2026. They may take the data from INPS, INAIL and the labour inspectorate, so what an employer sends is set by them.
MaltaEqual Pay (Transparency and Reporting) Regulations, 2026 (L.N. 173 of 2026)7 de junio de 2027
  • The first report covers calendar year 2026 for both reporting bands (regulation 9(2) and 9(3)). The pay data being collected this year is what that report is made from.
  • The second report for the 150 to 249 band covers 2029 and not 2028, which is what three-yearly means once the first period is fixed (regulation 9(3)).
  • Regulation 9(5) wants every report submitted within fourteen working days of the yearly period's end. That falls far earlier than the 7 June dates in the same regulation. Both are in the act; plan for the earlier one.

Todos los Estados miembros

Cuatro leyes se han leído enteras; aquí está dónde se encuentra cada uno de los veintisiete en el registro.

Todos los Estados miembros
Estado miembroRegistro
AlemaniaNada comunicado
AustriaOtra cosa comunicada
BélgicaOtra cosa comunicada
BulgariaOtra cosa comunicada
ChequiaOtra cosa comunicada
ChipreNada comunicado
CroaciaNada comunicado
DinamarcaNada comunicado
EslovaquiaTranspuesta
EsloveniaOtra cosa comunicada
EspañaOtra cosa comunicada
EstoniaOtra cosa comunicada
FinlandiaNada comunicado
FranciaNada comunicado
GreciaTranspuesta
HungríaNada comunicado
IrlandaNada comunicado
ItaliaTranspuesta
LetoniaOtra cosa comunicada
LituaniaOtra cosa comunicada
LuxemburgoNada comunicado
MaltaTranspuesta
Países BajosNada comunicado
PoloniaOtra cosa comunicada
PortugalNada comunicado
RumaníaOtra cosa comunicada
SueciaOtra cosa comunicada

El principio de igualdad de retribución del artículo 157 del TFUE obliga directamente a los empleadores y no necesita ley nacional (Defrenne II, asunto 43/75).

Las obligaciones de debajo

60 filas, en el orden de la Directiva y bajo sus propios títulos de artículo.

Ámbito de aplicación

  • 2(1)La Directiva alcanza a todo empleador, público o privado · todo empleador
  • 2(2)Cubre a toda persona con contrato o relación laboral · todo empleador
  • 2(3)En la contratación, cubre también a sus candidatos · todo empleador

Mismo trabajo y trabajo de igual valor

  • 4(1)Construya una estructura retributiva con igual retribución por igual trabajo · todo empleador
  • 4(2)Su Estado debe facilitarle una herramienta de valoración de puestos · todo empleador
  • 4(3)La Comisión puede actualizar las directrices de la Unión · todo empleador
  • 4(4)La estructura debe mostrar si dos puestos tienen igual valor · todo empleador

Transparencia retributiva previa al empleo

  • 5(1)Indique a los candidatos la banda retributiva antes de la entrevista · todo empleador
  • 5(2)No pregunte nunca a un candidato su retribución actual · todo empleador
  • 5(3)Mantenga las ofertas y los títulos de puesto neutros · todo empleador

Transparencia en las políticas de fijación de las retribuciones y de progresión retributiva

  • 6(1)Haga accesibles sus criterios de retribución y progresión · todo empleador
  • 6(2)Con menos de 50 personas, su Estado puede eximir la progresión · todo empleador

Derecho a la información

  • 7(1)Responda a la solicitud escrita de información de una persona · todo empleador
  • 7(2)Acepte la solicitud por representante u organismo de igualdad · todo empleador
  • 7(3)Informe cada año a todo el personal de este derecho · todo empleador
  • 7(4)Responda en el plazo de dos meses desde la solicitud · todo empleador
  • 7(5)Elimine toda cláusula que impida hablar de la retribución · todo empleador
  • 7(6)Puede limitar el uso de los datos al derecho de igualdad · todo empleador

Accesibilidad de la información

  • 8Facilite la información en formato accesible a personas con discapacidad · todo empleador

Información sobre la brecha retributiva entre trabajadores y trabajadoras

  • 9(1)Informe de los siete indicadores de brecha retributiva · en una banda de información
  • 9(2)Con 250 personas o más, informe cada año · en una banda de información
  • 9(3)Con 150 a 249 personas, informe cada tres años · en una banda de información
  • 9(4)Con 100 a 149 personas, informe desde 2031 · en una banda de información
  • 9(5)Bajo 100 personas es voluntario, su Estado puede exigirlo · todo empleador
  • 9(6)La dirección confirma los datos tras consultar a la representación · en una banda de información
  • 9(7)Remita los datos a la autoridad designada · en una banda de información
  • 9(8)Su Estado puede elaborar los datos desde sus registros fiscales · en una banda de información
  • 9(9)Entregue el desglose por categorías a todo el personal · en una banda de información
  • 9(10)Explique cualquier diferencia cuando se le pregunte · en una banda de información

Evaluación retributiva conjunta

  • 10(1)Realice una evaluación conjunta ante una brecha del 5 % sin justificar · en una banda de información
  • 10(2)Cubra los siete elementos de la evaluación · en una banda de información
  • 10(3)Comparta la evaluación con el personal y el órgano de seguimiento · en una banda de información
  • 10(4)Corrija la diferencia injustificada en un plazo razonable · en una banda de información

Apoyo a los empleadores con una plantilla inferior a 250 trabajadores

  • 11Bajo 250 personas, su Estado debe asistencia y formación · todo empleador

Protección de datos

  • 12(1)Trate los datos retributivos conforme al RGPD · todo empleador
  • 12(2)Use los datos solo para la igualdad retributiva · todo empleador
  • 12(3)Su Estado puede reservar la retribución individual a la representación · todo empleador

Inversión de la carga de la prueba

  • 18(1)En el proceso, usted prueba que no hubo discriminación · todo empleador
  • 18(2)Sin informe, la carga de la prueba pasa a usted · todo empleador
  • 18(3)Su Estado puede fijar reglas de prueba más favorables · todo empleador
  • 18(4)Si el tribunal investiga de oficio, puede no aplicarse · todo empleador
  • 18(5)No se aplica al proceso penal · todo empleador

Probar la realización del mismo trabajo o de un trabajo de igual valor

  • 19(1)La comparación no se limita a un solo empleador · todo empleador
  • 19(2)El comparador no debe estar empleado al mismo tiempo · todo empleador
  • 19(3)Sin comparador real, las estadísticas pueden bastar · todo empleador

Acceso a las pruebas

  • 20(1)Un tribunal puede ordenarle aportar su prueba retributiva · todo empleador
  • 20(2)Esa orden puede alcanzar material confidencial · todo empleador
  • 20(3)Su Estado puede conceder más a los demandantes · todo empleador

Plazos de prescripción

  • 21(1)El plazo para reclamar es de al menos tres años · todo empleador
  • 21(2)El plazo se suspende cuando la persona le reclama · todo empleador
  • 21(3)No afecta a las reglas de extinción de los derechos · todo empleador

Sanciones

  • 23(1)Su Estado fija sanciones efectivas, incluidas multas · todo empleador
  • 23(2)La sanción debe disuadir de verdad · todo empleador
  • 23(3)La discriminación interseccional agrava la sanción · todo empleador
  • 23(4)Las infracciones repetidas tienen sanciones propias · todo empleador
  • 23(5)Su Estado debe aplicarlas de verdad · todo empleador

Igualdad de retribución en los contratos y concesiones públicos

  • 24(1)Los compradores públicos vigilan la igualdad en sus contratos · comprador público
  • 24(2)Pueden prever sanciones y cláusulas de resolución · comprador público

Victimización y protección frente a un trato menos favorable

  • 25(1)No perjudique a nadie por reclamar igualdad retributiva · todo empleador
  • 25(2)El despido por este motivo debe estar protegido · todo empleador

Preguntas

¿Se aplica la Directiva de transparencia retributiva a mi empresa?
No directamente. Una directiva obliga al Estado miembro, así que lo que les alcanza es la ley de transposición de su país. 4 de la tienen.
¿Cuándo vence el primer informe retributivo?
Las fechas más tardías de la Directiva son el 7 de junio de 2027 desde 250 personas y el 7 de junio de 2031 entre 100 y 149. Su ley nacional puede exigir antes.
¿Cuáles son los siete datos?
La brecha retributiva, la brecha en componentes variables, las dos medianas, quién recibe esos componentes, los cuartiles y la brecha por categoría.
¿Cuándo es obligatoria una evaluación retributiva conjunta?
Cuando se dan tres cosas a la vez: una categoría muestra al menos un cinco por ciento de diferencia, no está justificada y no se corrige en seis meses.
¿Hay que publicar las bandas retributivas en las ofertas?
Los candidatos deben conocer la retribución inicial o su banda antes de la entrevista, y no se les puede preguntar por su retribución anterior.

Las obligaciones de transparencia retributiva y sus pruebas

Las obligaciones de la directiva como catálogo, leídas frente a la ley de su Estado, con las pruebas de cada una, en un solo espacio de trabajo.

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