Reglamento (UE) 2023/1542
Reglamento de baterías: ¿qué le exige?
- A quién se aplica
- Toda empresa que fabrica baterías o las hace fabricar con su marca, las importa, las vende o las envía, o suministra celdas. También quien vende productos con pilas portátiles o baterías para medios de transporte ligeros. El productor es quien las suministra primero en un Estado miembro.
- Las fechas
- El Reglamento se aplica desde el 18 de febrero de 2024, directamente, sin transposición nacional. La responsabilidad ampliada del productor se aplica desde el 18 de agosto de 2025, y las obligaciones posteriores tienen cada una su fecha abajo.
- Lo único que hay que hacer
- Haga que las baterías cumplan los artículos 6 a 14, evalúe la conformidad, redacte la documentación y la declaración, márquelas y regístrese como productor donde las suministre.
Dos respuestas dan las obligaciones de su función para un tipo de batería, con la misma determinación que aplica el portal.
Responda arriba para leer la determinación de su caso; la herramienta completa se lleva sus respuestas.
Ver las obligacionesDe un vistazo
Quién lleva cada artículo
Una empresa suele tener varias de estas funciones a la vez, y cada una trae sus artículos. El portal pregunta cuáles y después por las baterías.
| Función | Artículos | Obligaciones |
|---|---|---|
| Fabricante | 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 17, 18, 20, 38, 45, 40, 46, 47, 48, 52, 77, 78 | 50 |
| Representante autorizado | 40, 46 | 5 |
| Importador | 41, 44, 46, 47, 48, 52, 77, 78 | 20 |
| Distribuidor | 42, 44, 46, 62, 74 | 13 |
| Prestador de servicios logísticos | 43, 46 | 3 |
| Proveedor de celdas y módulos | 39 | 1 |
| Quien vende productos con baterías | 11 | 4 |
| Productor | 55, 56, 57, 59, 60, 61, 74, 75 | 11 |
La fecha de cada obligación posterior
Todo lo demás se aplica desde el 18 de febrero de 2024. Cuando una fecha lleva o más tarde, el acto de la Comisión puede retrasarla.
| Desde | Artículo | Obligación |
|---|---|---|
| 10(1) | Documente los valores de rendimiento del anexo IV | |
| 12(2) | Demuestre la seguridad en la documentación técnica | |
| 14(1) | Guarde los datos de estado de salud en el sistema de gestión | |
| 14(2) | Dé a los compradores acceso de solo lectura a esos datos | |
| 17(1) | Realice la evaluación de la conformidad, módulo A, D1 o G | |
| o más tarde | 7(1) | Declare la huella de carbono por modelo y planta |
| 13(4) | Marque el símbolo de recogida separada en cada batería | |
| 55(2) | Regístrese en cada Estado miembro que suministre primero | |
| 55(12) | Comunique sin demora los cambios en el registro | |
| 56(1) | Asuma la responsabilidad ampliada en cada Estado miembro | |
| 56(3) | Designe un representante para la responsabilidad ampliada | |
| 57(1) | Designe, si quiere, una organización de responsabilidad | |
| 59(1) | Recoja los residuos de pilas portátiles en cada Estado | |
| 59(3) | Alcance los objetivos de recogida de pilas portátiles | |
| 60(1) | Recoja los residuos de baterías MTL en cada Estado | |
| 61(1) | Recoja gratis las baterías SLI, industriales y de VE usadas | |
| 62(1) | Recoja gratis las baterías usadas de los usuarios finales | |
| 62(4) | Ofrezca puntos de recogida en la venta a distancia | |
| 62(5) | Ofrezca la recogida en el punto de entrega | |
| 74(1) | Informe a los usuarios finales sobre prevención y residuos | |
| 74(4) | Muestre la información sobre residuos en sus tiendas | |
| 75(1) | Informe a la autoridad competente cada año natural | |
| o más tarde | 7(2) | Etiquete la huella de carbono y su clase de rendimiento |
| o más tarde | 13(1) | Etiquete la batería con la información del anexo VI, parte A |
| o más tarde | 13(2) | Indique la capacidad en la etiqueta |
| o más tarde | 13(3) | Indique la duración media mínima y «no recargable» |
| 11(1) | Haga que el usuario final pueda retirar las pilas portátiles | |
| 11(5) | Haga sustituibles las baterías MTL por un profesional | |
| 11(7) | Ofrezca las baterías como recambio durante cinco años | |
| 11(8) | No use software para impedir la sustitución de la batería | |
| 13(6) | Marque cada batería con un código QR | |
| 77(1) | Dote a cada batería de un pasaporte de batería | |
| 77(4) | Mantenga el pasaporte exacto, completo y actualizado | |
| 77(10) | Cargue el identificador único en el registro de la UE | |
| 78 | Construya el pasaporte según los requisitos esenciales | |
| o más tarde | 10(2) | Alcance los valores mínimos de las baterías industriales |
| 48(1) | Establezca y aplique una política de diligencia debida | |
| 48(2) | Haga verificar la política por un organismo notificado | |
| 48(3) | Conserve la documentación de diligencia debida | |
| 52(3) | Publique cada año un informe sobre la política | |
| o más tarde | 7(3) | No supere la huella de carbono máxima del ciclo de vida |
| o más tarde | 8(1) | Documente el cobalto, plomo, litio y níquel reciclados |
| o más tarde | 9(1) | Alcance los valores mínimos de rendimiento y durabilidad |
| o más tarde | 10(3) | Alcance los valores mínimos de las baterías MTL |
| 8(2) | Alcance las cuotas mínimas de contenido reciclado | |
| 8(3) | Alcance las cuotas más altas de contenido reciclado |
La huella de carbono, por categoría
El artículo 7 da a cada categoría su fecha para la declaración, la clase de rendimiento y el máximo. La tabla anterior muestra la más temprana; cada fecha puede moverse con los actos de la Comisión.
| Categoría | Declaración, 7(1) | Clase de rendimiento, 7(2) | Máximo, 7(3) |
|---|---|---|---|
| Baterías para vehículos eléctricos | |||
| Baterías industriales recargables de más de 2 kWh | |||
| Baterías para medios de transporte ligeros | |||
| Baterías industriales solo con almacenamiento externo |
La declaración UE de conformidad
El artículo 18, apartado 2, da a la declaración la estructura del modelo del anexo IX, actualizada y en la lengua que exija el Estado miembro. Estos son sus puntos, en palabras del Reglamento:
- 1. Modelo de pila o batería (producto, categoría y lote o número de serie):
- 2. Nombre y dirección del fabricante y, en su caso, de su representante autorizado:
- 3. La presente declaración de conformidad se expide bajo la responsabilidad exclusiva del fabricante.
- 4. Objeto de la declaración (descripción de la pila o batería e identificación que permita su trazabilidad, y que podrá, si procede, incluir una imagen de la pila o batería):
- 5. El objeto de la declaración descrito en el punto 4 es conforme con la legislación de armonización de la Unión pertinente: … (referencia a los demás actos de la Unión aplicados).
- 6. Referencias a las normas armonizadas pertinentes o a las especificaciones comunes utilizadas, o referencias a otras especificaciones técnicas respecto a las cuales se declara la conformidad:
- 7. El organismo notificado … (nombre, dirección y número) … ha efectuado … (descripción de la intervención) … y ha expedido los siguientes certificados: … (información detallada, incluida la fecha, y, si procede, información sobre la duración y las condiciones de su validez).
- 8. Información adicional:
La documentación técnica
El artículo 38, apartado 2, obliga al fabricante a redactar la documentación técnica antes de introducir una batería en el mercado. El módulo A del anexo VIII enumera su contenido:
- a una descripción general de la pila o batería y de su uso previsto;
- b los planos de diseño conceptual y de fabricación, y los esquemas de los componentes, los subconjuntos y los circuitos;
- c las descripciones y explicaciones necesarias para comprender los planos y esquemas indicados en la letra b) y el funcionamiento de la pila o batería;
- d una muestra del etiquetado requerido de conformidad con el artículo 13;
- e una lista de las normas armonizadas a que se refiere el artículo 15 aplicadas total o parcialmente, con indicación de las partes aplicadas, una lista de las especificaciones comunes a que se refiere el artículo 16 aplicadas total o parcialmente, con indicación de las partes aplicadas, y una lista de otras especificaciones técnicas pertinentes utilizadas a efectos de medición o cálculo;
- f en caso de que no se hayan aplicado o de que no estén disponibles las normas armonizadas ni las especificaciones comunes a las que se refiere la letra e), una descripción de las soluciones adoptadas para cumplir los requisitos aplicables establecidos en los artículos 6, 9, 10, 12, 13 y 14 o para verificar la conformidad de las pilas o baterías con dichos requisitos;
- g los resultados de los cálculos de diseño realizados y los exámenes efectuados, y las pruebas técnicas o documentales utilizadas, y
- h los informes de los ensayos.
El registro, en cada Estado miembro
Cada Estado miembro lleva su propio registro de productores, y el productor solicita el registro en cada uno donde comercializa una batería por primera vez. La solicitud incluye el artículo 55, apartado 3:
- a) el nombre y, en su caso, las marcas con las que opere el productor en el Estado miembro y la dirección del productor, incluidos el código postal, la localidad, la calle y el número, el país, el número de teléfono y, en su caso, la dirección web y de correo electrónico, con indicación de un único punto de contacto;
- b) el código nacional de identificación del productor, incluido su número de registro mercantil o un número de registro oficial equivalente y el número de identificación fiscal europeo o nacional;
- c) la categoría, o categorías, de pilas o baterías que el productor prevé comercializar por primera vez en el territorio de un Estado miembro, es decir, si se trata de pilas o baterías portátiles, baterías industriales, baterías para medios de transporte ligeros, baterías para vehículos eléctricos o baterías para arranque, encendido o alumbrado, y su composición química;
- d) la información sobre la forma en que cumple el productor con sus responsabilidades en virtud del artículo 56 y con los requisitos establecidos en los artículos 59, 60 y 61, respectivamente: i) en el caso de las pilas o baterías portátiles o de las baterías para medios de transporte ligeros, los requisitos de la letra d) se cumplirán al facilitar la siguiente información: información por escrito sobre las medidas adoptadas por el productor para cumplir las obligaciones en materia de responsabilidad del productor establecidas en el artículo 56, las medidas adoptadas para cumplir las obligaciones de recogida separada establecidas en el artículo 59, apartado 1, o el artículo 60, apartado 1, con respecto a la cantidad de pilas o baterías que el productor comercializa en el Estado miembro y sobre el sistema que garantice que los datos notificados a las autoridades competentes sean fiables, en su caso, el nombre y la información de contacto, incluidos el código postal, la localidad, la calle y el número, el país, el número de teléfono, la dirección web y de correo electrónico y el código nacional de identificación de la organización competente en materia de responsabilidad del productor a la que el productor haya designado para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de responsabilidad ampliada del productor en virtud del artículo 57, apartados 1 y 2, incluido el número de registro mercantil o un número de registro oficial equivalente de la organización competente en materia de responsabilidad del productor y el número de identificación fiscal europeo o nacional de este, y el mandato del productor representado, ii) en el caso de las baterías para arranque, encendido o alumbrado, las baterías industriales y las baterías para vehículos eléctricos, los requisitos de la letra d) se cumplirán mediante la facilitación de: información por escrito sobre las medidas adoptadas por el productor para cumplir las obligaciones en materia de responsabilidad del productor establecidas en el artículo 56, las medidas adoptadas para cumplir las obligaciones de recogida establecidas en el artículo 61, apartado 1, con respecto a la cantidad de pilas o baterías que el productor comercializa en el Estado miembro y sobre el sistema que garantice que los datos notificados a las autoridades competentes sean fiables, en su caso, el nombre y la información de contacto, incluidos el código postal, la localidad, la calle y el número, el país, el número de teléfono, la dirección web y de correo electrónico y el código nacional de identificación de la organización competente en materia de responsabilidad del productor a la que el productor haya designado para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de responsabilidad ampliada del productor en virtud del artículo 57, apartados 1 y 2, incluido el número de registro mercantil o un número de registro oficial equivalente de la organización competente en materia de responsabilidad del productor y el número de identificación fiscal europeo o nacional de este, y el mandato del productor representado;
- e) una declaración del productor o, en su caso, del representante autorizado para la responsabilidad ampliada del productor o de la organización competente en materia de responsabilidad del productor designada con arreglo al artículo 57, apartado 1, en la que se indique que la información facilitada es cierta.
La diligencia debida en materia de baterías
Desde el 18 de agosto de 2027, los fabricantes e importadores desde 40 millones EUR de volumen de negocios neto, solos o como grupo, aplican una política de diligencia debida. Cubre el cobalto, el grafito natural, el litio y el níquel. Un organismo notificado la verifica y cada año se publica un informe. El Reglamento (UE) 2025/1561 retrasó la fecha dos años.
Un reglamento, con registros nacionales
El Reglamento (UE) 2023/1542 se aplica directamente en cada Estado miembro, sin transposición. El registro de productores, los regímenes de responsabilidad ampliada y las sanciones siguen siendo de cada Estado miembro. Aún no hemos leído los registros nacionales, así que esta página no nombra ninguno.
Leído de la versión consolidada 02023R1542-20260813 el 18 de octubre de 2026, en seis lenguas. Incluye los Reglamentos (UE) 2024/1781, 2025/1561 y 2026/1738 y las correcciones de errores de cada lengua. EUR-Lex
Preguntas frecuentes
- Nuestro producto lleva una batería. ¿Nos afecta el Reglamento?
- Sí. El artículo 1, apartado 3, cubre las baterías incorporadas a productos. El artículo 11 hace extraíbles y sustituibles las pilas portátiles y las baterías para medios de transporte ligeros desde el 18 de febrero de 2027. Suministrarlas primero en su Estado miembro le hace productor allí.
- ¿Desde cuándo se aplica el pasaporte de baterías?
- Desde el 18 de febrero de 2027, artículo 77, apartado 1, para cada batería para medios de transporte ligeros, batería industrial de más de 2 kWh y batería para vehículos eléctricos. Ese mismo día, cada batería lleva un código QR, artículo 13, apartado 6.
- ¿Se nos aplica la diligencia debida?
- Desde el 18 de agosto de 2027, a los fabricantes e importadores desde 40 millones EUR de volumen de negocios neto, o en un grupo que los supere, artículos 47 y 48. Quedan fuera las baterías introducidas en el mercado antes de su segunda vida.
- ¿Nos registramos una sola vez para toda la UE?
- No. El productor se registra en cada Estado miembro donde comercializa una batería por primera vez, artículo 55, apartado 2. Si vende directamente a usuarios finales en otro, designa allí un representante, artículo 56, apartado 3.
- ¿Sustituye el Reglamento a la Directiva de pilas?
- Sí. La Directiva 2006/66/CE queda derogada desde el 18 de agosto de 2025, artículo 95, el día en que se aplica la responsabilidad del productor. El propio Reglamento se aplica desde el 18 de febrero de 2024, directamente, sin transposición.
Los expedientes de baterías y los registros en un solo lugar
StandardOS guarda sus obligaciones del Reglamento de baterías y las pruebas de cada una. Redacta la declaración y la documentación técnica por modelo y la hoja de registro por Estado miembro, junto a sus otros marcos.
Lo que le pide
88 requisitos en 2 grupos
Obligaciones
82- 6(1) Respete las restricciones de sustancias del anexo I
- 7(1) Declare la huella de carbono por modelo y planta
- 7(2) Etiquete la huella de carbono y su clase de rendimiento
y 79 más
Cláusulas
6- 13(7) Imprima etiquetas y código QR de forma legible e indeleble
- 38(11) Reconvertir o refabricar le convierte en fabricante
- 40(1) Otorgue y acepte el mandato por escrito
y 3 más
Véase también:Herramientas gratuitasArtículos