El Reglamento de IA: fechas, herramienta y artículos
Prácticas de IA prohibidas: dos nuevas desde el 2 de diciembre de 2026
Artículo 5 del Reglamento (UE) 2024/1689, modificado por el Reglamento (UE) 2026/1744, leído en el Diario Oficial el 18 de octubre de 2026
El artículo 5 enumera las diez prácticas que ningún plan hace lícitas. Dos son nuevas desde el 2 de diciembre de 2026: las imágenes íntimas sin consentimiento y el material de abuso sexual infantil. El artículo 5, apartado 1 bis, acota ambas, de modo que un modelo de uso general con salvaguardias eficaces queda fuera.
- A quién se aplica
- Todo proveedor y responsable del despliegue de un sistema de IA en la Unión, sea cual sea su clase de riesgo.
- Las fechas
- Letras a) a h) desde el 2 de febrero de 2025. Letras b bis) y b ter) desde el 2 de diciembre de 2026.
- Lo único que hay que hacer
- Responda para cada práctica. Cese cualquiera que esté prohibida, y conserve las pruebas de las que excluya el apartado 1 bis.
Diez prácticas, tres resultados posibles
Responda según lo que hace el sistema y para qué se usa. No lo sé deja una pregunta abierta. Nada de lo que elija sale de esta página.
El resultado
Responda a las preguntas
El resultado aparece aquí, con una línea por cada práctica a la que responda que sí.
Prohibido: cese la práctica
Una práctica prohibida no es una brecha con plazo. Ningún plan, norma o evaluación la hace lícita. Cese en ella, y retire el sistema del mercado o del servicio si está en él.
Abierto: decide el apartado 1 bis
Poder producir el material no está prohibido por sí mismo. La prohibición se aplica si producirlo es la finalidad del sistema, o un resultado reproducible contra el que no tiene salvaguardias adecuadas. Responda a eso antes de fiarse de un resultado.
Excluido por el apartado 1 bis
El sistema puede producir el material, pero no es su finalidad ni un resultado que deje de impedir. La prohibición, por tanto, no lo alcanza. Mantenga las salvaguardias en funcionamiento y conserve las pruebas de que funcionan.
Nada prohibido por ahora
Algunas preguntas siguen abiertas, y No lo sé cuenta como abierta. Respóndalas antes de fiarse del resultado.
Ninguna de las diez
Ninguna de las prácticas que prohíbe el artículo 5 está en sus respuestas. Registre el resultado con su fecha, porque una nueva función o un nuevo uso pueden cambiarlo.
- Artículo 5, apartado 1, letra a) No utilice nunca técnicas subliminalesProhibido
- Artículo 5, apartado 1, letra b) No explote nunca la edad, discapacidad o necesidadProhibido
- Artículo 5, apartado 1, letra b bis) No genere nunca imágenes íntimas sin consentimientoProhibidoAbiertoExcluido
- Artículo 5, apartado 1, letra b ter) No genere nunca material de abuso sexual infantilProhibidoAbiertoExcluido
- Artículo 5, apartado 1, letra c) No puntúe nunca socialmente a las personasProhibido
- Artículo 5, apartado 1, letra d) No prediga nunca delitos solo por la personalidadProhibido
- Artículo 5, apartado 1, letra e) No extraiga rostros para una base de reconocimientoProhibido
- Artículo 5, apartado 1, letra f) No infiera emociones en el trabajo ni en la escuelaProhibido
- Artículo 5, apartado 1, letra g) No infiera nunca raza ni convicciones de la biometríaProhibido
- Artículo 5, apartado 1, letra h) No haga reconocimiento facial en tiempo real en públicoProhibido
Sin tarjeta para empezar · cancele cuando quiera desde la app
El examen, la comprobación de alto riesgo y las obligaciones que siguen, en un solo espacio, con las fechas en que vuelven.
Reglamento (UE) 2024/1689, artículo 5, apartados 1, 1 bis y 1 ter, y artículo 113, letra a), modificados por el Reglamento (UE) 2026/1744. Leído el 18 de octubre de 2026.
El artículo 5 de un vistazo
| Pregunta | Respuesta | Fuente |
|---|---|---|
| Letras a) a h) | Prohibidas desde el 2 de febrero de 2025. | Artículo 113, letra a) |
| Letras b bis) y b ter) | Prohibidas desde el 2 de diciembre de 2026, junto con el artículo 5, apartados 1 bis y 1 ter. | Artículo 113, letra a), modificado |
| Un proveedor de un generador | Alcanzado solo si producir el material es la finalidad prevista del sistema, o un resultado reproducible que no tiene salvaguardias razonables y adecuadas para impedir y corregir. | Artículo 5, apartado 1 bis, letra a) |
| Un responsable del despliegue | Alcanzado solo si usa el sistema con la finalidad de producir el material. | Artículo 5, apartado 1 bis, letra b) |
| Qué cuenta como salvaguardia | Medidas como el entrenamiento de rechazo, los controles de salida, las barreras en las instrucciones, el filtrado de contenidos, la detección de abusos y la notificación y acción. Cuentan si siguen el estado de la técnica y funcionan de forma demostrable. | Considerando 12 del Reglamento (UE) 2026/1744 |
| Editar material íntimo existente | No es manipulación si no aumenta la exposición ni cambia la actividad mostrada, como cambiar el fondo o el brillo. | Artículo 5, apartado 1 ter |
| La multa | Hasta 35.000.000 € o el 7 % del volumen de negocios mundial anual, si esta cuantía es superior. Para una pyme, la inferior. | Artículo 99, apartados 3 y 6 |
StandardOS lee el artículo 5 en los términos del Diario Oficial, modificado por el Reglamento (UE) 2026/1744. Un examen lee sus respuestas y no es asesoramiento jurídico.
Preguntas sobre las prohibiciones
¿La prohibición de imágenes íntimas alcanza a todo generador de imágenes?
No. El artículo 5, apartado 1 bis, acota las letras b bis) y b ter). Un proveedor solo está alcanzado si producir el material es la finalidad del sistema, o un resultado reproducible contra el que no tiene salvaguardias razonables y adecuadas. Un modelo de uso general con salvaguardias eficaces queda fuera. Según el considerando 12 del Reglamento (UE) 2026/1744, la prohibición no debe impedir a los proveedores desarrollar la capacidad en sí.
¿Desde cuándo se aplican las nuevas prohibiciones?
Desde el 2 de diciembre de 2026, junto con el artículo 5, apartados 1 bis y 1 ter. El Reglamento (UE) 2026/1744 las insertó y modificó el artículo 113 para darles esa fecha. Las otras ocho letras se aplican desde el 2 de febrero de 2025.
¿Qué cuenta como salvaguardia razonable y adecuada?
El considerando 12 del Reglamento (UE) 2026/1744 cita la depuración de datos, el entrenamiento de rechazo, los controles de instrucciones y de salida, y las barreras en ejecución. Añade el filtrado de contenidos, las restricciones de uso, la detección de abusos y la notificación y acción. Son adecuadas si siguen el estado de la técnica e impiden de forma demostrable el material, o reducen bastante su probabilidad, incluido el abuso previsible.
Solo usamos un generador de imágenes. ¿Puede alcanzarnos la prohibición?
Solo si lo usa para producir ese material. El artículo 5, apartado 1 bis, letra b), limita la prohibición de uso a esa finalidad. Según el considerando 12 del Reglamento (UE) 2026/1744, la generación accidental queda fuera, igual que el uso lícito de un sistema cuyo proveedor omitió las salvaguardias.
¿Cuál es la multa por una práctica prohibida?
Hasta 35.000.000 € o el 7 % del volumen de negocios mundial total del ejercicio anterior, si esta cuantía es superior (artículo 99, apartado 3). Para una pyme o empresa emergente, la inferior (artículo 99, apartado 6). Los Estados miembros fijan las demás sanciones.
¿Excluido significa que nada se aplica a un generador?
No. El artículo 5 queda apartado, y el artículo 50 sigue aplicándose. Un proveedor marca el contenido generado en un formato legible por máquina, y un responsable del despliegue revela las ultrasuplantaciones. El resto del Derecho también se aplica, incluido el penal (considerando 15 del Reglamento (UE) 2026/1744).
Por qué tres resultados
Las letras b bis) y b ter) son las únicas prohibiciones que dependen de las salvaguardias del sistema además de lo que hace. Un sí a la capacidad es donde empieza su lectura.
Si aquí no hay nada prohibido, la siguiente pregunta es si el sistema es de alto riesgo. ¿Es su sistema de alto riesgo?
Artículo 50: las obligaciones de transparenciaLa EN 18286, la primera norma armonizada del Reglamento de IAEl Reglamento de IA: fechas, herramienta y artículosTodas las herramientas y plantillas gratuitas
Fuentes, leídas el 18 de octubre de 2026: Reglamento (UE) 2024/1689 en EUR-Lex, Reglamento (UE) 2026/1744 en EUR-Lex. Esta página lee el Reglamento y el acto que lo modifica. No es asesoramiento jurídico.