RGPD · transferencias internacionales
Qué mecanismo de transferencia: adecuación, cláusulas o ninguno
El destino y los dos roles; la página dice si el capítulo V se aplica siquiera, si una de las 17 decisiones de adecuación sostiene la transferencia o cuál de los 4 módulos de las cláusulas contractuales tipo lo hace, y redacta la determinación con las disposiciones en que se apoya.
Una empresa de software que envía los datos de sus clientes a un proveedor de alojamiento o de soporte es un encargado que exporta a un encargado; que envía sus propios datos de clientes a un CRM en el extranjero, un responsable que exporta a un encargado.
La determinación
Elija el destino arriba; el mecanismo sigue.
Las 17 decisiones de adecuación
Tal como las lista la Comisión, leídas el 12 de septiembre de 2026: el país, territorio u organización, el ámbito donde la Comisión precisa uno, el instrumento conforme al que se adoptó la decisión, y el acto más reciente que la lista de documentos de la Comisión muestra para él.
| Destino | Ámbito | Adoptada conforme a | Acto más reciente listado |
|---|---|---|---|
| Andorra | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Argentina | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Brasil | artículo 45 del Reglamento | 26 de enero de 2026 · Adequacy Decision for Brazil | |
| Canadá | organizaciones comerciales | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | |
| Islas Feroe | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Guernesey | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Israel | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Isla de Man | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Japón | artículo 45 del Reglamento | 4 de abril de 2023 · Report on the first periodic review of the adequacy decision for Japan | |
| Jersey | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Nueva Zelanda | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Corea del Sur | artículo 45 del Reglamento | 23 de julio de 2026 · Report on the first periodic review of the adequacy decision for the Republic of Korea | |
| Suiza | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| Reino Unido | conforme al RGPD y a la Directiva sobre protección de datos en el ámbito penal | artículo 45 del Reglamento | 19 de diciembre de 2025 · Renewal of EU adequacy decision for the UK under the GDPR |
| Estados Unidos | organizaciones comerciales que participan en el Marco de Privacidad de Datos UE-EE. UU. | artículo 45 del Reglamento | 9 de octubre de 2024 · Report on the first periodic review of the functioning of the adequacy decision on the EU-US Data Privacy Framework |
| Uruguay | Directiva 95/46/CE, revisada por la Comisión en enero de 2024 | ||
| European Patent Organisation | artículo 45 del Reglamento | 15 de julio de 2025 · Adequacy decision for the European Patent Organisation |
Las 6 garantías del artículo 46, apartado 2
Las garantías adecuadas con arreglo al apartado 1 podrán ser aportadas, sin que se requiera ninguna autorización expresa de una autoridad de control, por:
- (a)un instrumento jurídicamente vinculante y exigible entre las autoridades u organismos públicos
- (b)normas corporativas vinculantes de conformidad con el artículo 47
- (c)cláusulas tipo de protección de datos adoptadas por la Comisión de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 93, apartado 2
- (d)cláusulas tipo de protección de datos adoptadas por una autoridad de control y aprobadas por la Comisión con arreglo al procedimiento de examen a que se refiere en el artículo 93, apartado 2
- (e)un código de conducta aprobado con arreglo al artículo 40, junto con compromisos vinculantes y exigibles del responsable o el encargado del tratamiento en el tercer país de aplicar garantías adecuadas, incluidas la relativas a los derechos de los interesados, o
- (f)un mecanismo de certificación aprobado con arreglo al artículo 42, junto con compromisos vinculantes y exigibles del responsable o el encargado del tratamiento en el tercer país de aplicar garantías adecuadas, incluidas la relativas a los derechos de los interesados.
Las cláusulas tipo de protección de datos de la letra c) son la Decisión de Ejecución (UE) 2021/914 de la Comisión, adoptada el 4 de junio de 2021, con 4 módulos según los roles de las partes; la cláusula 14 es la evaluación de las leyes y prácticas locales del importador, y la cláusula 15 las obligaciones del importador cuando una autoridad pública pide los datos.
Las 7 excepciones del artículo 49, apartado 1
En ausencia de una decisión de adecuación de conformidad con el artículo 45, apartado 3, o de garantías adecuadas de conformidad con el artículo 46, incluidas las normas corporativas vinculantes, una transferencia o un conjunto de transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional únicamente se realizará si se cumple alguna de las condiciones siguientes:
- (a)el interesado haya dado explícitamente su consentimiento a la transferencia propuesta, tras haber sido informado de los posibles riesgos para él de dichas transferencias debido a la ausencia de una decisión de adecuación y de garantías adecuadas
- (b)la transferencia sea necesaria para la ejecución de un contrato entre el interesado y el responsable del tratamiento o para la ejecución de medidas precontractuales adoptadas a solicitud del interesado
- (c)la transferencia sea necesaria para la celebración o ejecución de un contrato, en interés del interesado, entre el responsable del tratamiento y otra persona física o jurídica
- (d)la transferencia sea necesaria por razones importantes de interés público
- (e)la transferencia sea necesaria para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones
- (f)la transferencia sea necesaria para proteger los intereses vitales del interesado o de otras personas, cuando el interesado esté física o jurídicamente incapacitado para dar su consentimiento
- (g)la transferencia se realice desde un registro público que, con arreglo al Derecho de la Unión o de los Estados miembros, tenga por objeto facilitar información al público y esté abierto a la consulta del público en general o de cualquier persona que pueda acreditar un interés legítimo, pero sólo en la medida en que se cumplan, en cada caso particular, las condiciones que establece el Derecho de la Unión o de los Estados miembros para la consulta.
Cuando una transferencia no pueda basarse en disposiciones de los artículos 45 o 46, incluidas las disposiciones sobre normas corporativas vinculantes, y no sea aplicable ninguna de las excepciones para situaciones específicas a que se refiere el párrafo primero del presente apartado, solo se podrá llevar a cabo si no es repetitiva, afecta solo a un número limitado de interesados, es necesaria a los fines de intereses legítimos imperiosos perseguidos por el responsable del tratamiento sobre los que no prevalezcan los intereses o derechos y libertades del interesado, y el responsable del tratamiento evaluó todas las circunstancias concurrentes en la transferencia de datos y, basándose en esta evaluación, ofreció garantías apropiadas con respecto a la protección de datos personales. El responsable del tratamiento informará a la autoridad de control de la transferencia. Además de la información a que hacen referencia los artículos 13 y 14, el responsable del tratamiento informará al interesado de la transferencia y de los intereses legítimos imperiosos perseguidos.
Cada destinatario con su mecanismo, en el registro
StandardOS mantiene cada destinatario en el registro de actividades de tratamiento con su país, la decisión de adecuación o las cláusulas que sostienen la transferencia, el módulo y la fecha de la evaluación, y relee la lista de la Comisión para que una decisión que cambia cambie el registro.
Las decisiones de adecuación se leen de la página de la Comisión el 12 de septiembre de 2026 y las disposiciones del Reglamento, nunca se teclean en esta página; el módulo se lee de los roles según la Decisión (UE) 2021/914. Si un importador está dentro del ámbito de una decisión es la propia lectura de la empresa. Esto es un documento, no asesoramiento jurídico.