Cyber Resilience Act: todas las herramientas y artículos

Reglamento (UE) 2024/2847 · Artículos 19, 20 y 21

El CRA le alcanza aunque no lo haya fabricado. 2500 € una vez.

Todo el mundo lee el Cyber Resilience Act como un reglamento para fabricantes. Los artículos 19 y 20 imponen obligaciones de verificación a quien importa un producto con elementos digitales en la Unión o lo comercializa, y el artículo 21 convierte a un revendedor en fabricante en el momento en que le pone su propia marca. Si vende hardware o software que no escribió, esta es su obligación, y empieza en las mismas fechas.

Comprar el pack de diligencia debida, 2500 €sin IVA · un pago · para toda la organización · con tarjeta

Lo que el Reglamento le pide

  1. Si importa en la Unión · Artículo 19

    Antes de introducir el producto en el mercado, comprueba que el fabricante realizó la evaluación de la conformidad y elaboró la documentación técnica, que el marcado CE está colocado, que la declaración de conformidad y la información al usuario del anexo II están presentes en un idioma que los usuarios comprenden, y que constan los datos del fabricante y el punto de contacto para vulnerabilidades. Su propio nombre y dirección también van en el producto. Conserva la declaración diez años o el periodo de soporte, el que sea más largo.

  2. Si comercializa en el mercado · Artículo 20

    Actúa con la diligencia debida y, antes de comercializar el producto, verifica el marcado CE y que el fabricante y el importador hicieron su parte. Si tiene motivos para creer que un producto no es conforme, no sale a la venta. Traslada las vulnerabilidades al fabricante sin demora indebida, y avisa a las autoridades cuando un fabricante cesa su actividad.

  3. Si cambia la marca o modifica, usted es el fabricante · Artículo 21

    Introduzca un producto en el mercado con su propio nombre o marca, o modifique sustancialmente uno ya introducido, y el Reglamento le trata como su fabricante. Entonces los artículos 13 y 14 se aplican por completo: la documentación técnica del anexo VII, el periodo de soporte, la obligación de notificar. Esta es la trampa que el pack encuentra primero, porque lo cambia todo.

Precio

2500 €

una vez, para la organización, sin IVA. Cubre cada producto que suministra, no uno por producto.

Entrega

Segundos

Redactado a partir de su registro en el momento en que Paddle confirma el pago. Nada espera a una persona.

Para

Revendedores

Importadores, distribuidores, integradores y cualquiera que ponga el producto conectado de un tercero ante un cliente de la UE.

Lo que recibe

7 documentos controlados, redactados a partir del registro que usted rellena. Cada uno está versionado, aprobado y encadenado por hash en su organización, y se exporta como PDF con el sha256 del texto aprobado en el pie.

Los documentos se redactan en inglés, con los títulos que figuran abajo. El Reglamento no fija ningún idioma para ellos; la información al usuario del anexo II que el pack le pide comprobar debe estar en un idioma que sus usuarios comprendan, y esa es una comprobación del producto del fabricante, no de estos documentos.

  1. 1

    Supply-chain role determination · Articles 19, 20 and 21

  2. 2

    Due diligence procedure for products with digital elements · Articles 19(2) and 20(2)

  3. 3

    Due diligence register · Articles 19(2), 20(2) and 21

  4. 4

    Manufacturer information request · Articles 19(2) and 20(2)

  5. 5

    Non-conformity, withdrawal and recall procedure · Articles 19(3), 19(5), 20(3) and 20(4)

  6. 6

    Vulnerability and cessation reporting duties · Articles 19(6), 20(4) and 20(6)

  7. 7

    Declaration retention and documentation availability · Article 19(6)

La que atrapa a la gente

El registro pregunta, para cada producto, de quién es la marca. Si la respuesta es la suya, el artículo 21 le convierte en fabricante de ese producto y el pack lo dice por escrito, al principio de la determinación de roles. Es una obligación mucho mayor que la verificación, y es mejor descubrirla ahora que por una autoridad de vigilancia del mercado. La documentación técnica de esos productos es un pack aparte.

Lo que no es

  • No es la documentación técnica del fabricante. No la debe salvo que el artículo 21 le convierta en fabricante, y entonces necesita el pack de documentación técnica en su lugar.
  • No sustituye a preguntar a sus proveedores. El pack escribe la carta y guarda las respuestas; los fabricantes siguen teniendo que contestar, y uno que no lo hace es en sí mismo un hallazgo.
  • No es asesoramiento jurídico. Es la documentación que el Reglamento implica, redactada a partir de sus hechos, para que usted la complete y apruebe.
  • No es una suscripción. Mantener el registro al día a medida que cambia su catálogo es para lo que sirve el producto de 249 €/mes. Usted decide.

Cómprelo

Cree su organización, marque los roles en los que actúa, añada los productos que suministra, pague. El pack se redacta en el momento en que se confirma el pago.

Los artículos 19 a 21 son lo bastante cortos para leerlos usted mismo: Reglamento (UE) 2024/2847. Esta página no es asesoramiento jurídico.