RGPD · el registro de actividades de tratamiento
El registro de actividades de tratamiento, redactado
Elija el rol, nombre la actividad, rellene los campos que enumera el artículo 30, y el registro queda redactado abajo con la disposición detrás de cada campo, para copiar o descargar.
ISO 27701, lectura de StandardOS: A.7.2.8
ISO 27701, lectura de StandardOS: A.7.2.1, A.7.2.8
ISO 27701, lectura de StandardOS: A.7.2.8
ISO 27701, lectura de StandardOS: A.7.2.8, A.7.5.4
ISO 27701, lectura de StandardOS: A.7.5.1, A.7.5.2, A.7.5.3
ISO 27701, lectura de StandardOS: A.7.4.7, A.7.2.8
ISO 27701, lectura de StandardOS: A.7.2.8
El registro
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Registro de actividades de tratamiento
El registro del responsable conforme al artículo 30, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679. Redactado el con la página gratuita de getstandardos.com; cada campo es el punto del Reglamento al que responde.
(a) el nombre y los datos de contacto del responsable y, en su caso, del corresponsable, del representante del responsable, y del delegado de protección de datos;
Sin indicar.
(b) los fines del tratamiento;
Sin indicar.
(c) una descripción de las categorías de interesados y de las categorías de datos personales;
Sin indicar.
(d) las categorías de destinatarios a quienes se comunicaron o comunicarán los datos personales, incluidos los destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales;
Sin indicar.
(e) en su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo, la documentación de garantías adecuadas;
Sin indicar.
(f) cuando sea posible, los plazos previstos para la supresión de las diferentes categorías de datos;
Sin indicar.
(g) cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el artículo 32, apartado 1.
Sin indicar.
El registro se pone a disposición de la autoridad de control cuando lo solicite (artículo 30, apartado 4). Lleve uno por actividad de tratamiento y revíselo cuando cambien los fines, los destinatarios, las transferencias o la conservación.
Un registro por actividad, llevado donde está la evidencia
StandardOS lleva el registro como una fila por actividad junto a los contratos de encargo, las bases de las transferencias y los plazos de violaciones y solicitudes, para que los campos de arriba sigan al día en lugar de en un archivo que nadie vuelve a abrir.
Los textos de los campos son los puntos del artículo 30, apartados 1 y 2, leídos del Diario Oficial, nunca tecleados en esta página. Esto es un documento, no asesoramiento jurídico.