DORA: fechas, herramienta y artículos

Reglamento (UE) 2022/2554 · Artículo 30

Las cláusulas contractuales de DORA, artículo 30: nueve o quince, un estado para cada una

Desde el 17 de enero de 2025, una entidad financiera solo puede contratar servicios de TIC en condiciones que contengan las cláusulas del artículo 30: nueve para todo servicio, quince cuando el servicio sustenta una función esencial o importante. Una pregunta decide el conjunto; después sigue cada cláusula con las palabras del Reglamento, con los registros ISO 27001 que la responden, un estado y una nota, y la página escribe la lista. Nada de lo que escriba sale de esta página.

¿Sustenta el servicio una función esencial o importante del cliente?

El cliente decide con arreglo al artículo 28, apartado 4, letra a), según el artículo 3, punto 22: una función cuya perturbación perjudicaría gravemente sus resultados financieros, la solidez o continuidad de sus servicios, o el cumplimiento continuado de su autorización. Un proveedor que pueda serlo prepara las quince.

Responda a la pregunta y las cláusulas se enumeran aquí.

Trece de las quince cláusulas piden un registro que lleva un sistema ISO 27001

StandardOS hace funcionar el sistema de gestión ISO/IEC 27001 cuyos registros responden a la diligencia debida que hay detrás de las cláusulas: el registro de proveedores, las pruebas de copia de seguridad y restauración, el proceso de incidentes, el plan de continuidad, el programa de auditoría interna, en seis idiomas. Esta lista entra como primer registro.

DORA para un proveedor de software: las cláusulas, el registro, los actosLos controles ISO 27001, una página cada uno